Registro y renovación de subcontratistas en el REPSE: lo nuevo

01 de marzo de 2024

Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), de fecha 21 de febrero de 2024, se modifican las disposiciones generales para el registro de personas físicas o morales que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas según el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

El acuerdo publicado modifica varios artículos tendientes primordialmente al establecimiento del procedimiento de renovación del registro, el cual debe hacerse cada tres años.

Se enfatiza la importancia de encontrarse los solicitantes al corriente en sus obligaciones ante IMSS, SAT e INFONAVIT, a la fecha en que se solicite el registro o la renovación del mismo.

Se señala que la plataforma asignará un número de folio de ingreso y que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) debe pronunciarse sobre las solicitudes tanto de registro como de renovación, en un plazo de 20 días hábiles, reiterando la posibilidad de tener por realizado el registro o la renovación en caso de omisión de la autoridad en resolver dentro del plazo antes mencionado.

El acuerdo también menciona que la plataforma habilitará un módulo de “Renovación de Registro” durante un periodo específico, e incluye una tabla que ilustra el periodo con el que contarán las empresas para solicitar la renovación de su registro, destacando las consecuencias en caso de no renovar dentro del plazo establecido, incluyendo la cancelación del registro.

Adicionalmente se menciona la obligación de las empresas prestadoras de servicios especializados de informar a sus beneficiarios respecto de la renovación de su registro.

El acuerdo establece la entrada en vigor al día siguiente de su publicación, esto es, el 22 de febrero de 2024.

Para consultar el acuerdo completo, puede dar clic aquí.

Por último, resulta pertinente resaltar que, el pasado 08 de febrero de 2024, la STPS y el IMSS, emitieron un Boletín conjunto, en el que refieren que, derivado de las acciones de vigilancia que realizan ambas dependencias al cumplimiento de las disposiciones en materia de subcontratación, el día primero del mismo mes, enviaron un comunicado a 34 mil 302 empresas, exhortándolas a cumplir con sus obligaciones de seguridad social o, en su caso, realizar las debidas aclaraciones ante el IMSS. Así también, reiteran en el referido boletín que el incumplimiento a las obligaciones fiscales o de seguridad social, es un motivo para cancelar el registro REPSE, así como para aplicar sanciones fiscales, por lo que se exhorta a cumplir con las obligaciones correspondientes.

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Atentamente,

V&M Corporativo Legal

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